BONIFICACION POR DOMICILIACION DEL IMPUESTO DE CIRCULACION
El Pleno de la corporación celebrado el día 15 de noviembre de 2007 acordó modificar la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y aplicar una bonificación del 5% de la cuota a los sujetos pasivos que tengan domiciliado dicho impuesto en una entidad financiera y cuyo pago se efectúe dentro del periodo voluntario.
Todo aquel que quiera beneficiarse de esta bonificación en este ejercicio, deberá domiciliar el impuesto antes del 15 de marzo.







